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Noticia sobre el Anteproyecto de Ley del Voluntariado en la Comunidad de Madrid

APROBADO EL ANTEPROYECTO DE LA NUEVA LEY DE VOLUNTARIADO

La Comunidad otorgará más protagonismo en Voluntariado a las ONG, las entidades y los propios voluntarios, según el anteproyecto de Ley del Voluntariado en la Comunidad que ha aprobado el Consejo de Gobierno para su posterior tramitación en la Asamblea de Madrid. Esta nueva Ley del Voluntariado sustituye la Ley de Voluntariado Social, que se aprobó en 1994.

En términos generales, el anteproyecto de Ley definirá el concepto de voluntariado, reconocerá los derechos y deberes de las personas que ejercen esta actividad, establecerá el ámbito de actuación de las organizaciones de voluntariado, definirá quienes pueden ser beneficiarios de la acción voluntaria y establecerá el trabajo que la Administración autonómica ha de desarrollar para promover y fomentar el voluntariado.

La ley, cuyo objeto es promover y fomentar el voluntariado en la región, constará de 20 artículos desarrollados en seis capítulos, cada uno de los cuales estará destinado a un aspecto del voluntariado. Su objetivo no es otro que mantener el marco legal en el que se ha venido desarrollando el voluntariado madrileño durante los últimos 20 años y ofrecer una mayor eficiencia al voluntario y a la propia sociedad madrileña tratando de eliminar todo aquello que obstaculice esta labor.

El nuevo texto eliminará el término voluntariado social para ampliar la acción e intervención de los voluntarios, las ONG y las entidades sociales de voluntariado en materia social, medioambiental, cultural o deportiva, entre otras. Además, la nueva Ley del Voluntariado en la Comunidad agilizará los trámites administrativos para considerar a una entidad como organización de voluntariado, mejorando su organización y gestión, dentro de los límites previstos en el ordenamiento jurídico.

La nueva Ley ya no obligará a las ONG y entidades sociales a inscribirse en el Registro de Entidades de Acción Social, eliminará requisitos y simplificará las exigencias para poder ser una organización de voluntariado. Además, elegirán libremente su misión, objetivos y estrategia de actuación, sin otros límites que los establecidos en la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico y respetarán los derechos de los voluntarios y las personas que se beneficien de las iniciativas del voluntariado.

Máxima libertad entre voluntarios y organizaciones
La nueva ley regulará el derecho de los voluntarios a acordar libremente con la organización los contenidos y condiciones de la actividad, a realizar su trabajo en condiciones de seguridad y a estar asegurados contra riesgos de accidente y enfermedad, o su deber de cumplir la normativa de protección de datos propia del sector en el que colabore.

Además, la nueva ley incorporará la actuación del voluntario en el exterior y la inclusión de la idea de libertad que supone el ejercicio de la acción voluntaria como opción personal, altruista y solidaria en el ámbito que cada cual elija, ya sean proyectos sociales, sanitarios, deportivos, culturales o de cualquier otra naturaleza, sin que el voluntario pueda sustituir en ningún caso aquello que le está reservado a las Administraciones públicas.

Con la nueva ley, los menores podrán ser voluntarios y participar en programas y proyectos de voluntariado, previa autorización expresa de sus padres, tutores o de la institución que los tenga a su cargo, y se les dará cobertura legal en los seguros de responsabilidad civil.

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