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Un juzgado concede la gran invalidez a un trabajador con ELA

El juzgado de lo social número 1 de Cáceres ha concedido una gran invalidez a un trabajador que padece Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) de inicio espinal ya que el juez valoró que el paciente necesitaba la ayuda de otra persona las 24 horas del día por una dolencia, crónica, irreversible y progresiva.

El magistrado, por tanto, estima la demanda interpuesta por el trabajador contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que le había concedido la incapacidad permanente absoluta.

En la jurisprudencia utilizada en la fundamentación jurídica se cita una sentencia de 2 de septiembre de 2010 del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) en la que se define legalmente la incapacidad permanente como “aquella que inhabilita al trabajador para la realización de todas o las más importantes tareas de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otra cosa”.

Por su parte, el Tribunal Supremo basándose en numerosa jurisprudencia señala que “debe calificarse la situación de gran invalidez cuando sean de tal naturaleza las dolencias que impidan al que las padece bastarse por sí mismo, debiendo depender, aunque no sea de forma continuada, de una tercera persona”.

Según manifiesta el TSJEX en una nota de prensa “no se trata ahora de precisar cómo estaba el enfermo de ELA cuando fue examinado por el INSS, sino de cómo está ahora”.

Y es que los informes presentados por los peritos durante el juicio “muestran que la situación del demandante ha empeorado de forma relevante y que necesita ayuda constante para su día a día”, añade.

El juzgado concede por tanto la gran invalidez al trabajador, con efectos desde el día de la incapacidad permanente absoluta, ya reconocida por el INSS, y el derecho a recibir una pensión resultado de sumar un 45% de la base mínima de cotización vigente en el momento del hecho causante y el 30% de la última base de cotización del trabajador.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de suplicación ante la sala social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

Imagen: Freepik-wirestock

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