Ayudas Públicas

logo-imsersoExisten una serie de recursos públicos, no específicos para pacientes de ELA, susceptibles de ser utilizados por ellos. Estos recursos dependen de las administraciones públicas (estatal, autonómicas y locales) y están destinados a personas mayores de 65 años o con discapacidad reconocida por un centro base (Grado de Discapacidad). Para tener acceso a ellos deben cumplirse una serie de requisitos (económicos, de discapacidad, sociales, etc)

1. Solicitar Grado de Discapacidad

Todas las personas que como consecuencia de una alteración orgánica o funcional tengan limitada la capacidad para la realización de las Actividades de la Vida Diaria, podrán solicitar una valoración del grado de minusvalía para poder acceder a las prestaciones, subsidios, ayudas, servicios, desgravaciones fiscales, asistencia jurídica gratuita, etc del sistema de protección social.

El Certificado de Minusvalía se tramitará desde el Centro Base (Centros de valoración y orientación a personas con discapacidad) correspondiente a su domicilio habitual.

2. Solicitar Información de los recursos sociales en el Centro de Servicios Sociales

Los Centros de Servicios Sociales están distribuidos en todo el territorio de vuestra Comunidad para garantizar el inmediato acceso de la población a los mismos y la aplicación de los recursos más apropiados. Están formados por Unidades de Trabajo Social, Equipos Multiprofesionales, Dirección Técnica y Unidad Administrativa.

Dichos Centros constituyen el primer nivel de atención social a los ciudadanos y en ellos se realizan las siguientes prestaciones: Atención Personalizada, gestión de prestaciones sociales como Teleasistencia, Ayuda a Domicilio, atención residencial y alojamientos alternativos, ayuda de emergencia social, etc

3. Solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones

El primer paso para conseguir los recursos y prestaciones de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia es solicitar la valoración del grado y nivel de dependencia.

Las solicitudes se podrán obtener en los Centros de Servicios Sociales, en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de vuestra Comunidad o a través de la página web www.dependencia.imserso.es

La documentación se presentará en las Juntas Municipales de Distrito o en cualquiera de los Registros de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales (C/ Agustín de Foxá, nº 31; C/ Espartinas, nº 10; ó C/ Alcalá, nº 33) en caso de que usted resida en la Comunidad de Madrid. Para el resto de ciudadanos, en el teléfono de Atención al Ciudadano 010 podrán proporcionaros la información relativa a vuestro municipio.

4. Solicitar la prestación de incapacidad laboral permanente ante el INSS

Cuando el trabajador, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral se habla de incapacidad permanente. La prestación de incapacidad permanente se tramita por petición del Servicio Público de Salud, o a petición del interesado en los Centros de Atención e Información del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Para obtener información sobre pensiones y prestaciones del INSS se facilita un teléfono de atención gratuito: 901 16 65 65 (Abrir enlace a web de la Seguridad Social)

Las Trabajadoras Sociales de adELA podrán ampliaros más información sobre éstos u otros recursos/ ayudas sociales. Para cualquier consulta podéis llamar a la Asociación al Tlf. 91 311 35 30

Puedes consultar la Lista de Centros de Valoración de Discapacidad en España, aquí

 

Información sobre ayudas sociales y el Ministerio Sanidad
Ley de Dependencia

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ofrece información sobre discapacidad, políticas sociales, autonomía y ley de dependencia. Por ello, es oportuno ofrecer enlaces con las principales páginas Web del Ministerio para poder acceder en todo momento a información actualizada: las páginas que indicamos son las siguientes:

  • Servicios Sociales:
    Visitar web.
  • Consumo:
    Visitar web.
  • Discapacidad:
    Visitar web.
  • Ley de Dependencia:
    Visitar web.
  • Imserso:
    Visitar web.
    Creer – El Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedades Raras y sus Familias de Burgos (Creer), dependiente del Imserso, se configura como un centro avanzado en la promoción, desarrollo y difusión de conocimientos, experiencias innovadoras y métodos de atención a personas con enfermedades raras, y de alta especialización en servicios de apoyo a familias y cuidadores y en servicios de prevención, promoción de la autonomía personal y participación social de las personas con dichas enfermedades.
    Más información en: http://www.creenfermedadesraras.es/
  • Consultar la ‘Guía de ayudas sociales y servicios para las familias (actualizada a 5 de mayo de 2015)’ del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Veasé el capítulo   VIII. Ayudas para familias con personas en situación de dependencia en la pg. 73 y ss. Disponible aquí 

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